¿Puede mi vehículo tener luces intermitentes o estrober?

Sabías que NINGÚN vehículo diferente a bomberos, ambulancias, recolectores de basura, socorro, emergencia, fuerzas militares, policía y autoridades de tránsito y transporte puede tener luces intermitentes, así lo estipula el art 104 de la ley 769 del 2002 (Código Nacional de Tránsito Terrestre) y recientemente lo confirma una circular emitida por el ministerio de transporte el 21 de febrero del 2018.

¿Si tengo luces intermitentes en mi vehículo, puede salir rechazado en la revisión técnico-mecánica?

Si tu vehículo posee luces intermitentes diferentes a las originales tal como las direccionales, SI puede salir rechazado en la revisión técnico-mecánica, tal como lo estipula el numeral 6.4.1.13 de la NTC 5375 Norma con la que se efectúa la revisión técnico-mecánica.

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