La ley 2027 de 2020 decretada el día 24 de julio del 2020, plantea una amnistía para deudores de multas y foto-multas por infracciones al código nacional de tránsito. Además, brinda la posibilidad de pagar con plazo hasta de 1 año.
¿En qué lo beneficia la ley 2027 del 2020?
Si usted tiene pendiente el pago de multas, las está pagando o incumplió los acuerdos de pago por infracciones a las normas de tránsito, las cuales hayan sido impuestas hasta el 31 de mayo de 2020, podrá beneficiarse de un descuento del 50% del total de su deuda y del 100% de sus intereses, sin la necesidad de asistir a un curso pedagógico de tránsito.
Quienes incumplan 1 sola cuota de las pactadas en dicho acuerdo, perderá el beneficio de la amnistía y tendrá que pagar la totalidad de la multa así como sus intereses.
¿Qué pasa con los vehículos inmovilizados por infracciones?
En este tipo de casos, se seguirá usando el conducto regular. El vehículo será devuelto a su propietario siempre y cuando este acredite estar a paz y salvo por las multas o por el acuerdo de pago.
¿Hasta cuándo podrá beneficiarse de la ley 2027 del 2020?
Desde el 24 de julio del 2020 (fecha de su promulgación), hasta el 31 de diciembre del 2020.
¿La ley 2027 del 2020 aplica para todos los infractores?
No, está ley no aplica para aquellos cuyas multas fueron cometidas bajo estado de embriaguez o bajo la influencia de sustancias psicoactivas. Tampoco aplica para los infractores cuya sanción fue impuesta después del 31 de mayo del 2020.
¿En dónde puede suscribir su acuerdo de pago para acogerse a la ley 2027?
Puede suscribir su acuerdo de pago directamente en los organismos de tránsito de su ciudad, o con el SIMIT en cualquiera de sus oficinas en el territorio nacional.


