Al indicar el Ministerio de Trasporte (en el Decreto 482 de marzo de 2020) que durante la emergencia sanitaria y el aislamiento preventivo obligatorio todos los servicios prestados por los organismos de apoyo al tránsito, y sus debidos trámites quedarán suspendidos; ¿significa que los ciudadanos a quienes se les venza el tecno-mecánico y el SOAT no podrán circular durante la cuarentena?
Para provecho de los usuarios y como medio de solución, el Ministerio de Transporte suspenderá la revisión técnico-mecánica y de emisiones contaminantes de todos los vehículos. De igual modo, los documentos de tránsito que expiren su vigencia como la licencia de conducción y certificado de revisión técnico-mecánica, no serán exigibles; esto quiere decir, que se suspenderán de las multas durante las medidas de prevención del COVID-19
No obstante, si el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT) se vence en los próximos días, se deberá renovar digitalmente. Para ello, el CDA la 27 ofrece sus servicios vía web para que los usuarios no tengan que salir de sus casas, y así poder estar más tiempo con sus seres queridos.
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